Ley 13.781 de Fomento y Promoción a la Industrialización de Vehículos Eléctricos y de Energías Alternativas
Esta ley promueve la fabricación de vehículos eléctricos y la utilización de energías alternativas en todo el territorio santafesino.

La Legislatura de Santa Fe fue pionera en sancionar una ley sobre Electromovilidad en el año 2018. El texto fue redactado en base a participación colaborativa, lo que permitió contar con una visión multidisciplinaria que, no sólo contempló la posibilidad de incentivar la Electromovilidad, sino que también se dedicó a sentar bases para que nuevas industrias adopten las nuevas tecnologías.
Además, se tuvo en consideración a la potencia industrial metalmecánica ya existente en la provincia para que evalúe la posibilidad de reconversión para complementar al sector agroindustrial santafesino dedicado a biocombustibles.
La ley significó un avance en términos de seguridad jurídica y marco normativo hacia el desarrollo de la infraestructura y hacia la generación de confianza en el sector privado. Esto era necesario para encarar cambios significativos en empresas automotrices y autopartistas, gobiernos, y usuarios, impulsando la modernización de la industria de la automoción santafesina y de todas las unidades productivas radicadas o que se radiquen en la provincia.
Para la optimización del proceso, la ley previó también la necesidad de incluir al sector académico y de investigación aplicada, así como a las Organizaciones de la Sociedad Civil. Asimismo, para la implementación de las acciones, la responsabilidad como autoridad de aplicación recayó en la Secretaría de Industria de la Provincia de Santa Fe, dependiente del Ministerio de Producción.
Bajo este formato, y en relación con los vehículos eléctricos, los objetivos quedaron definidos de la siguiente manera, para el territorio de la provincia de Santa Fe:
- Fomentar su industrialización.
- Promover la instalación y/o ampliación de plantas automotrices.
- Establecer mecanismos para promover su compra y uso.
- Incentivar el proceso de Investigación, Desarrollo e Innovación (l+D+i).
- Crear un "PLAN PROVINCIAL DE IMPULSO A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA", y un esquema de seguimiento interministerial del avance del Plan. En especial sobre este último punto, y sabiendo que el Estado Provincial debería coordinar con el Estado Nacional, Municipalidades y Comunas la implementación del Plan y la adecuación normativa, la ley invita a las Municipalidades y Comunas de la Provincia a adherir a la ley, mientras delinea detalladamente los objetivos del Plan:
- Definir y priorizar objetivos específicos a corto, mediano y largo plazo.
- Promover acciones para el desarrollo del autopartismo y la fabricación de vehículos eléctricos, incluyendo incentivos económicos que también alcancen a los compradores.
- Potenciar la capacitación de recursos humanos a través de la creación o fortalecimiento de Polos Tecnológicos e Industriales; Centros de investigación, de prueba y desarrollo tecnológico; y de carreras, currículas y cursos específicos.
- Investigar y planificar la temática relacionada con la recarga de los vehículos, en sus aspectos comercial y tecnológico, incluyendo estándares y procedimientos.
- Establecer metas para la incorporación de estos vehículos a la flota del Estado Provincial, y al transporte público de pasajeros.
- Diagramar una estrategia para el tratamiento de las baterías al final de su vida sobre el vehículo, incluyendo su reutilización, reciclado y disposición final.
- Convocar a diversas organizaciones para que colaboren en la optimización de las acciones de Investigación, Desarrollo e Innovación, incluyendo su financiación.
- Informar a la ciudadanía sobre los beneficios medioambientales y en materia de costos que trae aparejada la incorporación de movilidad eléctrica, incluyendo los aspectos que hacen a la conducción de estos vehículos.
- En cuanto a Reconversión industrial, la Ley prevé programas y acciones tendientes a favorecer la reconversión Industrial de empresas interesadas en transformar su actividad productiva a la relacionada con los vehículos eléctricos, híbridos y/o alternativos, sus cargadores, componentes o sistemas asociados.